- La demanda obedece al criterio de que los particulares no deben seguir cargando con el coste, pues supone un importante agravio frente a las empresas
La Abogacía Española ha solicitado al Ministerio de Hacienda que, en el marco de las modificaciones que a nivel europeo se están estudiando en la Directiva del IVA, el Gobierno español reclame una aplicación de tipos reducidos para los servicios jurídicos de dirección y defensa en toda clase de procesos judiciales, mediación y arbitraje. La demanda, que se ha venido fraguando en el seno de la Abogacía durante los últimos meses, obedece al criterio de que los particulares no deben seguir cargando con el coste del IVA en este tipo de servicios, pues supone un importante agravio frente a las empresas, que siempre han podido amortiguarlo en su contabilidad.
Ante el previsible incremento de la litigiosidad que se originará como consecuencia de la crisis económica derivada de la Covid-19, esta reducción del IVA para las personas físicas iría en línea con la recomendación efectuada por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) este mismo mes de julio. El organismo independiente que vela por la ortodoxia de las cuentas públicas expone en un informe que se acaba de hacer público que los tipos reducidos del IVA deben dirigirse y tener como objetivo “facilitar el acceso a bienes y servicios de primera necesidad, sociales, culturales o estratégicos”.
Desgraciadamente, el aludido incremento del número de litigios incidirá especialmente sobre aquellos colectivos más desfavorecidos que se vean abocados a defender sus derechos ante los Tribunales y que tendrán que seguir asumiendo un 21% del IVA en situaciones de especial dificultad económica.
La reforma de la Directiva Europea del IVA permitiría trasladar la aplicación de los tipos reducidos de aquellas actividades o adquisición de bienes que, según la AIReF, son consumidas o adquiridas por las rentas más altas hacia aquellas otras de primera necesidad o que los ciudadanos están obligados o compelidos a tener que utilizar, como son es la defensa de sus derechos más elementales -en el ejercicio, además, de un derecho fundamental, como es el de la tutela judicial-.
Es importante destacar que estos son los requisitos que la propia Unión Europea exige para que un servicio pueda verse beneficiado por estos tipos reducidos, esto es, que respondan al “interés general” y que la reducción se traslade al consumidor final. Así sucede en la Abogacía, donde la creciente competencia entre los profesionales se ha traducido hasta ahora en un progresivo descenso de los precios.