- La institución colegial afirma que las medidas de agilización de la justicia adoptadas por el RDL 16/2020 de 28 de abril tras el estado de alarma no dan solución al retraso de la Administración de Justicia y son torpes, ineficientes, confusas e irrealizables.
- La institución colegial de Alicante reitera su rechazo, por ineficaz, de habilitar parte del mes de agosto.
El Ilustre Colegio de la Abogacía de Alicante (ICALI) considera que ninguna de las medidas procesales y organizativas adoptadas por el RDL 16/2020 de 28 de abril para hacer frente al covid-19 será suficiente si no se acompaña de las inversiones y dotaciones necesarias en medios materiales, tecnológicos y humanos.
La situación actual y el colapso de la justicia no tiene su origen en la actual pandemia sino en la falta absoluta de medios tecnológicos y escasez de plantillas, prueba de ello ha sido la absoluta paralización del sistema de notificación vía LexNET hasta el pasado 15 del mes de abril, perjudicando notablemente a abogados y procuradores y poniendo de manifiesto la total desigualdad de medios de la Administración de Justica como servicio público, respecto de otros como la Agencia Tributaria o la Seguridad Social.
Desde el ICALI apoyamos cualquier medida destinada a reactivar y agilizar los procedimientos judiciales, siempre que salvaguarden el derecho a la tutela judicial efectiva, el derecho de defensa y el necesario papel del abogado o abogada como garante de los derechos y libertades de la ciudadanía.
Así, la institución colegial rechaza frontalmente la habilitación procesal del mes de agosto por ineficaz, al dar lugar a seguras y numerosas suspensiones de vistas y diligencias judiciales por no poder llevarse a cabo las citaciones, lo que todo el mundo menos el ministerio sabe, ni la convocatoria, ni la comparecencia de testigos, peritos e incluso de los propios justiciables, y en segundo lugar, porque las vacaciones de todo el personal judicial se extenderán a los meses anteriores y posteriores, con el carrusel de sustituciones, con lo que se ralentizará durante mayor tiempo el funcionamiento de los tribunales, que es precisamente lo que paradójicamente con el RDL se pretende evitar.
Además, la medida es discriminatoria, porque de todos es sabido que los abogados y abogadas no pueden, por razón de la habilidad de los restantes días y meses del año, parar su actividad en otros periodos, por lo que la abogacía proponía la concentración de las vacaciones de todos los operadores jurídicos durante el mes de agosto, y no que estuvieran los juzgados este y otros meses (julio, agosto y septiembre) sin el personal que está de vacaciones.